Un plan para la recuperación de Valencia

Propuestas para la Reconstrucción de Valencia: Planes de Acción, Retos y Soluciones para Recuperarse de la DANA del 29 de Octubre

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El 29 de octubre, en la provincia de Valencia, una DANA (gota fría) generó el mayor desastre natural desde la llegada de la democracia. Debido al elevado número de fallecidos y a sus repercusiones sobre empresas, infraestructuras e inmuebles, sus consecuencias fueron muy superiores a las advertidas en las inundaciones de Bilbao y Biescas en 1983 y 1996, respectivamente. También a las del terremoto de Lorca en 2011 y a las de la erupción del volcán Tajogaite en la isla de La Palma en el año 2021.

Para recuperar económicamente la zona devastada por las riadas es imprescindible la elaboración de un detallado plan. En su confección deberían colaborar el Gobierno de España, el de la Comunidad Autónoma, la Diputación de Valencia y los ayuntamientos de los municipios afectados.

Su éxito dependerá esencialmente de tres factores: la existencia de consenso entre las anteriores Administraciones, una elevada disponibilidad de fondos y la creación de un Comisionado cuyo único objetivo sería la ejecución del proyecto diseñado durante los tres próximos años. El puesto lo debería ocupar un técnico, ajeno a cualquier disputa política.

El plan tendría tres fases. La primera consistiría en ofrecer ayudas directas a los hogares afectados por la DANA para cubrir sus necesidades básicas durante los próximos meses. La segunda buscaría una solución técnica que evitara la repetición de un desastre similar. La tercera supondría ofrecer a las empresas subsidios y créditos a largo plazo a un bajo tipo de interés, destinados a lograr su regreso a la actividad desarrollada antes del 29 de octubre.

El primer paso ya lo ha anunciado el Gobierno. Hasta el momento, ha destinado 14.373 millones € a los 75 municipios gravemente perjudicados por la DANA. A través de los ERTE por fuerza mayor, los empleados de las empresas afectadas continuarán teniendo un contrato de trabajo en vigor y pasarán a percibir la prestación por desempleo.

El importe abonado será equivalente al 70% de su base reguladora. No obstante, la cuantía máxima obtenida ascenderá a 1.575 €, si el trabajador tiene dos o más hijos a su cargo. Hasta el 19 de noviembre, dichos ERTE los habían solicitado 1.699 empresas y protegían a 19.846 trabajadores. En los próximos días, habrá un gran aumento del número de solicitudes.

En la fase inicial, los problemas provendrán de la lentitud de la Administración y los requisitos establecidos por ella para percibir ayudas. La primera característica hará que numerosos autónomos reciban con retraso las subvenciones prometidas.

Para evitar la demora, hubiera sido conveniente que la distribución del dinero la hubieran efectuado los bancos. Las entidades financieras poseen los recursos necesarios para adelantar los subsidios y un elevado número de oficinas en la zona.

Las ayudas ofrecidas por la Administración parecen mejores de lo que son. Por eso, suelen ofrecer alguna sorpresa negativa a sus beneficiarios. Por regla general, es un escaso presupuesto.

No obstante, en esta ocasión probablemente sea la disposición que limita la concesión de subsidios a las empresas cuyo domicilio social, su establecimiento de explotación o los inmuebles declarados como afectos a su actividad estén ubicados en los 75 municipios gravemente perjudicados.

Una norma que no tiene en cuenta a los transportistastaxistas y agentes comerciales sorprendidos por las riadas en una localidad distinta a la que tradicionalmente trabajan, no siendo la última notablemente afectada por la gota fría.

Dicha disposición impide también otorgar compensaciones a las empresas situadas en ciudades declaradas como zona catastrófica, pero que no habían realizado la pertinente comunicación a la Administración.

La segunda fase ha de dilucidar si la solución es la creación de nuevas infraestructuras hídricas o el traslado de viviendas y empresas desde las zonas inundables a otras que no posean tales características. Debe ser una decisión rápida para evitar prolongar la elevada incertidumbre que actualmente soportan numerosos hogares y propietarios de empresas.

Unos porque no saben dónde vivirán, otros debido a que no tiene ningún sentido volver a ubicar una compañía en un lugar donde continúe existiendo un importante riesgo de riadas.

En 1957, después de la inundación de Valencia (81 muertos oficiales), el régimen franquista decidió el desvío del río Turia. En lugar de pasar por el centro de la ciudad, lo haría por el sur y tendría la posibilidad de absorber un caudal notablemente superior al del antiguo cauce. Una solución que se ha demostrado válida después de la llegada de la última DANA.

El tercer paso consistiría en la consecución de la plena recuperación económica de las zonas devastadas en un plazo de tres años. Para conseguir dicho objetivo, la Administración debería ser generosa con todos los afectados. No obstante, los precedentes son negativos, pues no lo fue con los perjudicados por el terremoto de Lorca o la erupción del volcán Tajogaite en La Palma.

Unos y otros consideraron insuficientes las indemnizaciones otorgadas por el Consorcio de Compensación de Seguros, pues no cubrieron el importe de los bienes perdidos, los ingresos empresariales dejados de percibir o los desperfectos en inmuebles.

No obstante, menos aún percibieron los que no tenían un seguro que les cubriera. Aunque la declaración de zona catastrófica les permitió obtener una ayuda, su cuantía se situó sustancialmente por debajo del valor de mercado y el valor venal de los bienes, automóviles, locales y viviendas afectados.

Para lograr una rápida recuperación económica de las zonas perjudicadas, los trabajadores deberían conservar su empleo y los hogares mantener una sustancial parte de su anterior poder adquisitivo.

Para lograrlo, la Administración tendría que facilitar cuantiosas subvenciones a las empresas perjudicadas, si el número de sus empleados equivale al que tenían antes de las riadas. A través del ICO, también habrían de disponer de créditos a un tipo de interés del 2% a devolver en un plazo de 20 años.

Además, la Administración debería ofrecer incentivos fiscales a las compañías que aumenten su actividad o se instalen por primera vez en alguno de los municipios afectados.

Finalmente, junto con el Consorcio de Compensación de Seguros, la anterior institución habría de conceder indemnizaciones y ayudas a los hogares para reparar los desperfectos que el agua ha causado en sus inmuebles y adquirir los bienes que han quedado inservibles.

La mayoría de las empresas de las zonas devastadas sólo volverán a ser rentables, si los ciudadanos que residen en ellas recuperan rápidamente la mayor parte del poder adquisitivo detentado. En caso contrario, el declive económico de los municipios afectados no será temporal, sino que durará un largo período.

En definitiva, la Administración debe ser justa con las familias y empresas afectadas por la DANA del 29 de octubre. Lo sucedido en Lorca y La Palma es el ejemplo a evitar. Su generosidad permitiría una rápida recuperación económica de los 75 municipios más perjudicados, al hacer posible el regreso de las empresas instaladas a su anterior nivel de facturación

Dicha generosidad habría de ser financiada mediante cuatro instrumentos: el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, el desvío hacia la reconstrucción de las localidades afectadas de una parte de los Fondos Next Generation, un recargo temporal en el IRPF y en el impuesto de sociedades y el aumento del déficit público. Ni ahora ni nunca las ayudas a los demás han salido gratis.